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Estos son los 12 objetivos que persigue el Ministerio con su nuevo RD de Autoconsumo

El autoconsumo de electricidad se ha multiplicado por 17 desde 2018, según el Gobierno. Ha pasado de los menos de quinientos megavatios instalados que estimaba el sector en esa fecha (-500 MW), a cerrar este año pasado (2024) con un total de 8.256 MW (la Asociación de Empresas de Energías Renovables, APPA, estimaba al final del primer semestre de este curso -2025- que había ya en torno a 9.200 MW de autoconsumos en activo). No obstante, el crecimiento se ha ralentizado mucho (de los 2.649 MW de autoconsumos instalados en 2022 -dato APPA- la instalación de autoconsumos ha caído hasta los 611 megas del primer semestre de este año, dato APPA también). Pues bien, para demoler las barreras (económicas, técnicas y administrativas) a las que aún se enfrenta el autoconsumo en España y para reactivar su mercado, el Gobierno acaba de presentar una nueva propuesta de Real Decreto de Autoconsumo. 
Placas solares fotovoltaicas situadas sobre un tejado. Instalación solar FV para autoconsumo en un bloque de viviendas en una ciudad

El Gobierno aprobó hace ahora un año (octubre de 2024), a instancias del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, su último Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (Pniec) Horizonte 2030, la gran hoja de ruta de la descarbonización de la economía nacional. El Pniec (que no es un documento vinculante, sino una “herramienta de orientación estratégica nacional”) es el instrumento de planificación propuesto por el Gobierno de España para cumplir con los objetivos y metas de la Unión Europea en el marco de la política energética y climática. Su objetivo genérico es “reducir las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) de modo que se logre alcanzar la neutralidad climática en España antes de 2050”. El Plan Nacional Integrado de Energía y Clima 2023-2030, o Pniec actualizado (el anterior fue aprobado en 2020-2021), planteaba y plantea objetivos en materia de potencia eólica, fotovoltaica, almacenamiento, vehículo eléctrico, etcétera, etc. Pues bien, en materia de autoconsumo, el Pniec 2030 fijaba y fija un objetivo muy concreto: 19.000 megavatios (o diecinueve gigavatios, 19 GW). Es decir, que el Gobierno quiere que, en España, dentro de cinco años, haya 19 gigas de potencia en autoconsumos (ahora estamos en el entorno de los 9,2, según la patronal del sector, APPA Renovables).

El acelerón que es preciso para encajar en ese umbral (19 gigas) es todo un reto: habría que instalar alrededor de 2.000 megavatios de potencia en autoconsumos cada año (dos gigas, 2 GW) si queremos alcanzar el 31 de diciembre de 2030 el hito diecinueve (19 GW). Pero vamos demasiado despacio: en 2025 podríamos acabar con apenas 1.200 megas (1,2 GW).

Appa Autoconsumo. Informe Anual 2025. Evolución de la potencia instalada

Pues bien, para demoler las barreras (económicas, técnicas y administrativas) a las que aún se enfrenta el autoconsumo en España y para reactivar su mercado, el Gobierno acaba de presentar un Proyecto de real decreto por el que se modifican determinados aspectos relativos al autoconsumo de energía eléctrica y de impulso al almacenamiento distribuido.

Y lo ha presentado por los motivos susodichos y porque...
"con el crecimiento experimentado también han surgido nuevas necesidades y posibilidades no reflejadas en la normativa de referencia, el Real Decreto 244/2019, sobre todo en el autoconsumo compartido, el más apropiado para un país en que el sector residencial plurifamiliar se corresponde con más del 70% de las viviendas principales".

Estos son los objetivos que ha explicitado el Ejecutivo en su propuesta de nuevo RD de Autoconsumo
1) Facilitar y simplificar los trámites de puesta en servicio de las instalaciones de autoconsumo "y, especialmente de los autoconsumos colectivos que son indispensables para el desarrollo de esta actividad".

2) Ampliar las condiciones de distancia exigibles a las «instalaciones próximas a través de la red» (a partir de la entrada en vigor del nuevo RD, un autoconsumidor podrá asociar su consumo a una instalación solar que esté hasta a 5 kilómetros de su casa, y no hasta 2, como sucede ahora). Ello beneficia además al sistema todo, pues cuanto más autoconsumo haya, menor necesidad de redes habrá, menos pérdidas en el transporte y distribución de electricidad, más eficiencia, y menos impactos ambientales (asociados a la ejecución de nuevas infraestructuras). "A la vez -dice el Ministerio en su RD- se amplían las posibilidades de asociación a los consumidores que se ubican en las inmediaciones de la generación para autoconsumo".

«Pasan a ser consideradas como instalaciones de producción próximas y asociadas aquellas que, empleando exclusivamente tecnología fotovoltaica con una potencia de hasta 5 MW, se encuentren ubicadas en su totalidad en la cubierta de una o varias edificaciones, en suelo industrial o en estructuras artificiales existentes o futuras cuyo objetivo principal no sea la generación de electricidad, se conecten al consumidor asociado o principal o a los demás consumidores asociados a través de las líneas de transporte o distribución y siempre que estas se encuentren a una distancia inferior a 5.000 metros de los consumidores principales o asociados»

3) En relación con las «instalaciones próximas a través de la red», adaptar determinados aspectos del Real Decreto 1110/2007, de 24 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento unificado de puntos de medida del sistema eléctrico.

4) En autoconsumos sin excedentes, flexibilizar las condiciones de titularidad de la instalación de forma que puedan desarrollarse otros modelos de autoconsumo en los que la titularidad no sea compartida por los consumidores asociados.

5) Dar nuevas señales de electrificación a los consumidores, y en especial a la industria, estableciendo nuevas tipologías de autoconsumo, para lo cual:

i. Se habilita que un consumidor pueda estar asociado de forma simultánea a dos modalidades de autoconsumo: un autoconsumo individual sin excedentes (por ejemplo, un autoconsumo propio de una instalación industrial) y un autoconsumo mediante instalaciones próximas y asociadas a través de red (por ejemplo, la generación cercana que pueda haber en el polígono industrial o entorno en que se ubique la industria)

ii. Se crea la «modalidad con excedentes compartidos» para autoconsumos colectivos, en los que un consumidor principal que conecta la instalación en su red interior comparte con los otros consumidores asociados únicamente los excedentes, que se reparten conforme a un acuerdo de reparto firmado por esos consumidores como cualquier otro autoconsumo colectivo. En este caso, siempre que se cumplan los correspondientes requisitos, esos consumidores podrán elegir acogerse o no a la compensación de excedentes.

6) Facilitar una mejor gestión y organización de los recursos energéticos distribuidos, incorporando la figura de los gestores de autoconsumo, que son las personas físicas o jurídicas que representan los intereses de los consumidores asociados a un autoconsumo, mediante la autorización por parte de estos, realizando en su nombre las gestiones necesarias para su buen funcionamiento.

7) Facilitar el procedimiento de alta de los autoconsumos colectivos de forma que pueda realizarse con el primer acuerdo de reparto que la compañía distribuidora reciba firmado por los consumidores enviado por uno de los consumidores asociados o por el gestor de autoconsumo, sin esperar a recibirlo de todos los asociados.

8) Agilizar la adaptación de los autoconsumos colectivos a las necesidades energéticas cambiantes de los consumidores asociados, para lo cual:

i. Se simplifica el procedimiento de modificación del acuerdo de reparto, permitiendo que las modificaciones de coeficientes o la entrada y salida de consumidores en el acuerdo solo precisen la firma de los consumidores afectados que cambien su coeficiente, sin que sea necesario recabar las firmas del resto de asociados.

ii. Se reduce el tiempo de permanencia en la modalidad de autoconsumo a un mes de forma que el acuerdo de reparto también podrá modificarse con este periodo, aprovechando así las oportunidades que ofrece la figura del gestor de autoconsumo.

9) Aclarar los requisitos de unificación de tipos de medida de forma que en los autoconsumos colectivos de potencias más elevadas que exigen tipos de medida más exigentes estos requisitos no afecten a los consumidores asociados que mantendrán sus contadores de consumo sin cambios.

10) Agilizar la instalación de los equipos de medida de generación neta en los autoconsumos colectivos y racionalizar la gestión de las incidencias que puedan ser detectadas por la distribuidora en la conexión de estas instalaciones, con el objetivo de acelerar el desarrollo de los autoconsumos colectivos que son un elemento clave para el desarrollo del autoconsumo en España.

11) Proporcionar más información a los consumidores sobre el funcionamiento del autoconsumo al que se asocian, para lo cual se habilita el acceso de los consumidores asociados y de los gestores de autoconsumos a los datos de generación neta del autoconsumo colectivo, a través de las mismas plataformas donde se pueden consultar los datos de consumo de esos consumidores.

12) "Finalmente -concluye el Ministerio-, por medio de este real decreto se impulsa el uso del almacenamiento distribuido asociado a los consumidores finales de energía eléctrica".

Esta información (Objetivos) aparece contenida en la Memoria del Análisis de Impacto Normativo (MAIN) del proyecto de proyecto de Real Decreto por el que se modifican determinados aspectos relativos al autoconsumo de energía eléctrica y de impulso al almacenamiento distribuido.

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