La integración activa y segura en el sistema eléctrico de nuevas demandas asociadas a los centros de procesamiento de datos, la descarbonización de la industria y del transporte o el hidrógeno renovable, así como el almacenamiento (grandes parques de baterías) requiere, según el Ministerio, de una actualización de los "requisitos técnicos de conexión" que deben cumplir las instalaciones que se quieren conectar a la red eléctrica. Además -advierten desde Transición Ecológica-, se espera un crecimiento de "tipologías de conexión antes residuales o inexistentes" que no están contempladas en los vigentes códigos de red europeos, por lo que la actualización de la normativa es más perentoria aún.
El Ministerio considera que "esta actualización resulta necesaria por varios motivos". Estos.
«En primer lugar, el propio contenido de los requisitos de conexión debe adaptarse a las nuevas realidades de la operación del sistema, tanto para los requisitos de conexión aplicables a las instalaciones de generación como, y en especial, a las instalaciones de demanda, a la vista de nuevas tipologías de demanda que eran inexistentes o residuales en el sistema, pero que se prevé que tengan un crecimiento significativo. Precisamente para estas últimas, su relevancia no solo tiene influencia sobre la propia seguridad del sistema eléctrico, sino desde la perspectiva de los cálculos de capacidad de acceso a las redes de transporte de energía eléctrica, ya que estos nuevos requisitos fundamentalmente los asociados a los requisitos de robustez) permitirán ampliar las posibilidades de acceso y conexión a las nuevas demandas.
En aquellas partes de la red en que el criterio limitante a la capacidad disponible es el criterio dinámico, no es posible habilitar nueva capacidad mediante inversiones en el refuerzo de la red, sino que es necesario asegurar requisitos de robustez a las demandas ya previstas y a las futuras, para que su comportamiento no impida la conexión de nuevas demandas. Es decir, la aplicación de las nuevas especificaciones contribuirá simultáneamente a la mayor seguridad en la operación y gestión de las redes y servirá de palanca para la optimización de las capacidades de estas.
El Ministerio explica
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia ha establecido un criterio dinámico para determinar la capacidad de acceso a la demanda que afecta a zonas compartidas por varios nudos de la red de transporte. Aplicando este criterio, un único acceso solicitado en un nudo puede tener un efecto en cascada que drena capacidad en el resto de nudos que comparten la zona –pueden ser decenas, a muchos kilómetros de distancia–, impidiendo atender otras peticiones de acceso.
En las zonas limitadas por el criterio dinámico no se puede aumentar la capacidad invirtiendo en el refuerzo de la red, sino que es necesario actuar sobre las demandas previstas y futuras, para que sean más robustas y su comportamiento no impida la conexión de otras demandas
En segundo lugar, esta actualización resulta imprescindible para extender los requisitos de conexiones a las instalaciones de almacenamiento. Este tipo de instalaciones no fueron consideradas en la primera iteración de los códigos de red europeos y, aunque de manera transitoria la normativa nacional ha previsto una aplicación análoga a los requisitos de generación (de acuerdo con lo previsto en la disposición adicional primera de la Orden TED/749/2020, de 16 de julio), resulta necesario establecer un marco formativo propio para este tipo de instalaciones.
Un tercer motivo para actualizar estos requisitos de conexión es la necesidad de actualizar los requisitos de conexión de aplicación a los territorios no peninsulares. Teniendo en cuenta la paulatina sustitución del parque generador en los territorios no peninsulares, así como la entrada de tecnologías renovables y almacenamiento en estos territorios, resulta esencial actualizar estos requisitos de conexión a estos sistemas, contribuyendo así tanto a seguir reforzando la robustez de estos sistemas, como habilitando nueva capacidad para facilitar una mayor integración de generación renovable, almacenamiento y nuevas demandas en estos territorios.
Finalmente, esta norma incorpora requisitos adicionales de conexión planteados por el operador del sistema como resultado del mandato establecido en el artículo 4 del Real Decreto 997/2025, de 5 de noviembre, por el que se aprueban medidas urgentes para el refuerzo del sistema eléctrico. Dicho precepto exigía que el operador del sistema presentara a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia y al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico los resultados de un proceso de análisis y revisión que, en su caso, pudiera incluir una propuesta de modificación normativa.
En fecha 6 de febrero de 2026 tuvo entrada en el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico los resultados de este proceso de análisis y revisión llevado a cabo por el operador del sistema en relación a los tres primeros apartados, a), b) y c) de la operación del sistema enumerados en el citado artículo 4 del Real Decreto 997/2025, de 5 de noviembre. Teniendo en cuenta que algunos de estos requisitos pertenecen al ámbito objetivo de este real decreto se ha optado por incorporarlos en esta norma»
El proyecto de real decreto que ha preparado el Ministerio se aplicará "a todas las instalaciones ya previstas y a las futuras". La aplicación de la nueva norma producirá, según Transición Ecológica, un efecto netamente positivo sobre la economía, "al permitir aumentar la capacidad disponible en las redes de transporte y distribución".
La propuesta normativa del Ministerio exige que las demandas (un centro de datos que va a "chupar" electricidad de la red para alimentar sus servidores o una fábrica que necesita kilovatios hora para operar sus máquinas) soporten huecos de tensión, reduciendo considerablemente el número de nudos de las zonas de capacidad compartida y aflorando una capacidad de acceso que de otro modo sería imposible de conceder, habilitando la materialización de más proyectos y potenciando la electrificación de la economía. Y, según el Ministerio, "su aplicación, en consecuencia, por un lado aumentará la seguridad de la operación y la gestión de las redes y por otro servirá de palanca para optimizar su capacidad".
En definitiva, el Proyecto normativo -informa Transición Ecológica- actualiza los requisitos que deben cumplir las instalaciones de generación, demanda y almacenamiento que se conecten a las redes; e introduce requisitos de estabilidad en la inyección de potencia frente a huecos de tensión, en este caso derivados de la aplicación del Real Decreto 997/2025, al igual que incluye nuevas obligaciones en materia de calidad de producto, amortiguamiento frente a oscilaciones de potencia y la obligación de no introducir oscilaciones adversas al sistema eléctrico.
Los interesados pueden presentar sus alegaciones hasta el 16 de marzo en la siguiente dirección electrónica: bzn-consulta.redes@miteco.es
Audiencia e información pública del Proyecto de Real Decreto por el que se establecen requisitos mínimos de diseño, equipamiento, funcionamiento y seguridad de las instalaciones que se conecten a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica
