El Ejecutivo Rajoy asciende en su escalada intervencionista: primero fue el paquete de medidas retroactivas que ha sido denunciado hasta la saciedad por multinacionales de todo el mundo ante los tribunales internacionales (véase listado de denuncias y denunciantes), luego fue la escalada impositiva (impuestos denunciados en Bruselas -por atentar contra la libre competencia-, pero que ya llevan un trienio estrangulando al sector de las energías renovables, como el impuesto del 7%, o el surrealista impuesto al Sol); y, ahora, por fin...
... elevamos ad infinitum el número y la complejidad de las condiciones que habrán de concurrir para que se le dé el visto bueno al cierre de una central nuclear o de una térmica de carbón. Las elevamos ad infinitum o... hasta el límite mismo de la arbitrariedad. Vamos, que el Gobierno quiere decidir cuándo y cómo se cierran qué instalaciones (eso sí, el Real Decreto propuesto tranquiliza a las "intervenibles" asegurando que habrá "compensaciones" -económicas- por las futuribles intervenciones). El nuevo episodio intervencionista del ministro Nadal ha tenido lugar justo después de que Iberdrola haya anunciado -lo hizo el pasado día 10- que va a cerrar todas sus centrales térmicas de carbón, lo que vuelve a poner de manifiesto una vez más lo ya sabido: que los consejos de administración de algunas grandes compañías parecen más dispuestos a emprender la transición energética que el ministerio que encabeza el economista Álvaro Nadal (véase currículo).
En concreto...
El Ministerio de Energía asegura que el Real Decreto (RD) que ha enviado a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) servirá para denegar el cierre de una instalación "cuando amenace a la seguridad de suministro eléctrico o cuando suponga efectos desfavorables en los precios de la electricidad, entre otros motivos". El Ejecutivo, que gobierna como es sabido en minoría, sostiene que esta medida regulatoria no tiene por objeto sino asegurarse "de que las decisiones tomadas por las empresas en el ámbito energético deben estar subordinadas al interés general y a la planificación en esta materia" (el interés general y la planificación vendrían a estar entre esos "otros motivos"). En el comunicado que difundió ayer, el Ministerio se afana en justificar la intervención (y lo hace apelando, como es costumbre, a la Constitución de 1978): "esta posición encuentra pleno amparo -sostiene- en los preceptos constitucionales (artículos 38 y 128) y en la regulación vigente del sector eléctrico".
Reglamento
Ese comunicado sostiene que, "en concreto, el reglamento tiene como finalidad regular el procedimiento de cierre de las instalaciones de producción de energía eléctrica". Eso sí, a diferencia del régimen actual, que solo contempla la seguridad del suministro, las futuribles autorizaciones deberán reunir más requisitos. Así, el Ministerio establece en su RD que, además de la susodicha seguridad de suministro, a partir de ahora valorará "adicionalmente la coherencia del cierre con el cumplimiento de los objetivos medioambientales y del clima, así como la coherencia de los precios y la competencia del mercado eléctrico". El Ministerio ha redactado el Real Decreto (RD) en estos términos: se denegará el cierre de una instalación en los siguientes casos:
a) Concurrencia de circunstancias singulares que amenacen o puedan amenazar a la seguridad del suministro eléctrico, así como a la seguridad del abastecimiento de materias primas.
b) Si, como consecuencia del cierre pudieran producirse efectos desfavorables en los precios de la electricidad o en la competencia en el mercado eléctrico [lo cual no es sino una enorme puerta abierta a la arbitrariedad].
c) Si como consecuencia del cierre pudieran producirse efectos negativos por incumplimiento de los objetivos en la planificación de energía y clima vigente.
En fin, motivos poco menos que innumerables para justificar el no a un cierre
La intervención del sector eléctrico que prepara ahora el Ejecutivo -mediante este RD- podría tener como objetivo evitar cierres como el de Garoña, central nuclear que paró hace cinco años Iberdrola (cierre que no ha afectado ni a la seguridad de suministro ni al cumplimiento de las obligaciones climáticas de España), o los de Andorra y Compostilla, dos centrales térmicas que queman carbón y que Endesa, su propietaria, ya ha anunciado tiene intención de parar. El Ministerio, en el comunicado que hizo público ayer, denomina al RD en cuestión "reglamento" a partir del tercer párrafo. "El reglamento -dice literalmente- establece como ámbito de aplicación las instalaciones de producción de energía eléctrica de potencia superior a cincuenta megavatios (50 MW), con independencia de su tecnología, por ser aquellas que requieren autorización del propio Ministerio para su operación". Las centrales de menor tamaño se regirán -añade- por el marco de autorización propio de las comunidades autónomas.
Solicitud de cierre
Lo que establece el "reglamento" que ha redactado ahora el Gobierno es que "solo el titular de la instalación podrá solicitar la autorización administrativa de cierre correspondiente ante la Dirección General de Política Energética y Minas. Junto a la solicitud -continúa el Ejecutivo-, deberá adjuntar varios documentos, como una memoria justificativa en la que se detallen las circunstancias técnicas, económicas, ambientales o de cualquier otra índole que fundamenten el cierre, información técnica de la instalación y un plan técnico y económico de desmantelamiento". Una vez recibida la solicitud -concluye-, el Ministerio solicitará a Red Eléctrica de España, Enagás, la CNMC y otros organismos implicados los correspondientes informes que valorarán el eventual cierre. El Ministerio de Energía, que asegura tendrá en cuenta esos informes, resolverá la autorización o denegación de la solicitud. "En caso de denegación de la solicitud -informa el Gobierno-, el titular de la instalación deberá continuar con la actividad por sí mismo o transmitir la instalación a un tercero".
Y he ahí el quid de la cuestión
La transmisión a un tercero podrá hacerse -"si el titular así lo desea"- mediante una subasta regulada por el Real Decreto. El Ministerio asegura que esta subasta permitirá establecer "si la instalación tiene valor económico para un operador distinto y, siendo este el caso, facilitar su transmisión para que continúe operando la central". Sin embargo (ojo al dato), "si el mecanismo de subasta no permite la transmisión a un tercero, podría aprobarse un esquema de compensación por la continuidad de la actividad" (atención: esquema de "compensación"). Dicho esquema -dice el Ministerio- se diseñará "para asegurar que se otorga al menor coste posible, y en todo caso, con un coste inferior al beneficio económico que los consumidores derivarían de la continuidad de la actividad". Es decir, que el Ministerio está dejando abierta de par en par la puerta a "compensaciones" -probablemente millonarias- para las compañías del oligopolio, que son las propietarias de las instalaciones de más de cincuenta megavatios (50 MW) a las que se refiere este Real Decreto y/o "reglamento".
Hipótesis
La sucesión de los acontecimientos podría ser así: titular de instalación de 500 MW que quema carbón por ejemplo solicita autorización administrativa de cierre; Ministerio deniega cierre porque considera que ese cierre puede poner en peligro el suministro, o porque considera que atenta contra el interés general, o porque considera que puede traducirse en una subida del precio de la electricidad, o porque considera que va contra la planificación del sector, o porque considera que...; titular decide entonces transmitir la instalación a un tercero mediante una subasta; nadie quiere la instalación en cuestión por el motivo que sea (es obsoleta; no es lo suficientemente rentable; es contaminante); Ministerio entonces aprueba un " un esquema de compensación por la continuidad de la actividad". O sea, que el Ministerio de Nadal está preparándole al carbón otros CTCs (compensaciones multimillonarias) como los que el Gobierno de Aznar y Rato le preparó a la nuclear y a la gran hidráulica. ¿Potenciales beneficiarias? Endesa, Gas Natural Fenosa e Iberdrola, las tres grandes propietarias de térmicas de carbón y nucleares.
Aplicación del Real Decreto: el Ministerio vuelve a apelar a la retroactividad
"El Real Decreto -concluye el comunicado del Ministerio- será de aplicación a todos los cierres que hayan sido solicitados desde la consulta pública en esta materia lanzada por el Ministerio de Energía en julio de este año y sobre los que aún no haya recaído resolución administrativa. En línea con esto, el Ministerio ha solicitado, en aplicación del artículo 20.4 de la Ley 24/2013 del Sector Eléctrico, al titular de las centrales de Lada y la Velilla la remisión de la información contable de dichas centrales correspondiente a los últimos tres años".
El Ejecutivo que preside Mariano Rajoy gobierna, desde octubre de 2016, en minoría, no obstante lo cual está ejecutando reformas clave -mediante reglamentos- en sectores clave de la economía nacional, como el energético. Rajoy fue investido presidente hace 13 meses con los votos de los 137 diputados del PP, los 32 de Ciudadanos y 1 de Coalición Canaria (Ana Oramas). 68 diputados del PSOE se abstuvieron (solo así fue posible la investidura, que Rajoy obtuvo pues por mayoría simple). Hubo 111 votos en contra (15 de ellos de diputados socialistas que no obedecieron a la disciplina de voto). Nunca antes -desde que vivimos en democracia- ha gobernado España un partido con tan exigua minoría.